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AIFA debe informar sobre uso de sistemas de datos biométricos: INAI

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó al Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA), a entregar la información respecto del sistema E-Gates a través del cual se recabarán datos biométricos de las personas usuarias del Aeropuerto.

“Este sistema de control biométrico representa un avance en materia de uso de tecnología para la movilidad de los usuarios al ingresar a las salas de espera y abordaje del aeropuerto. Al llegar al aeropuerto, los pasajeros deberán documentar directamente en los módulos de la aerolínea que les corresponda, de ahí que se les tome una fotografía para el inicio de ese registro; en caso de que no viajen con equipaje, podrán pasar a uno de los módulos de autoservicio.

El registro consta de los siguientes siete pasos (…): primero, gestión del consentimiento; segundo, asociación al pase de abordar; tercero, una digitalización y verificación del pasaporte del pasajero; cuarto, lectura y verificación del pasaporte digital; quinto, captura del rostro en el módulo o una selfie en su celular; sexto; comparación de este registro; y séptimo ya finalmente la creación del registro digital del pasajero”, explicó el comisionado Adrián Alcalá Méndez.

Una vez realizados los pasos anteriores, las y los pasajeros podrán cruzar las puertas hacia una sala de espera de abordaje, sin necesidad de volver a mostrar ningún documento, añadió el integrante del Pleno del INAI, quien dijo que el Aeropuerto tendrá un sistema de seguridad de avanzada, y es similar a los empleados en aeropuertos de ciudades como París, Londres, Nueva York y Argentina.

Un particular solicitó saber del sistema E-Gates: cómo funciona, quién resguardará los datos biométricos de los pasajeros; si es el gobierno, qué dependencias lo harán; si es un particular, qué empresa y por cuánto tiempo estarán operando los datos; con qué fines serán utilizados los datos biométricos que sean tomados por el sistema.

La respuesta del sujeto obligado fue que no halló evidencias documentales respecto a lo solicitado, razón por la cual el solicitante interpuso un recurso de revisión ante el INAI.

“El AIFA actuó de manera errónea o equivocada, pues en la respuesta primigenia se limitó a declarar la inexistencia de la información, pero omitió dar certeza de la forma en cómo realizó esta búsqueda, es decir, a qué unidades administrativas turnó y con qué criterio llevó esa búsqueda; esta deficiencia en el actuar de la entidad obligada, se refuerza con el hecho de que en los alegatos refirió que el sistema del cual se pide información no se ha implementado al 100 por ciento, es decir, si bien no se había implementado en su totalidad el sistema.

El Comisionado Alcalá destacó que la importancia de conocer detalles del manejo de los datos personales en poder del AIFA, radica en que los avances tecnológicos han implicado la necesidad de recabar una gran cantidad de información que puede ser utilizada para lesionar derechos, por lo que es necesario vigilar que se protejan los datos personales.

 

Acerca de Juan Carlos Machorro

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