Opinión

Lo Cotidiano con Clase

Para privilegiar en todo momento el interés general y la preservación de los elementos naturales, diputados de la LXII Legislatura aprobaron el primer ordenamiento jurídico unificador que evitará que resoluciones de la Profepa, Semarnat, jueces civiles, de amparo, y ahora, los que conozcan de acciones colectivas sean contradictorias o divergentes.

Se trata de la Ley de Responsabilidad Ambiental, misma que define claramente el concepto de daño al ambiente y quiénes serán los sujetos legitimados para exigir su reparación, restauración o compensación, fijándose sanciones económicas de mil a 600 mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal al momento de imponer la sanción, cuando la responsable sea una persona moral.

La ley es totalmente complementaria y congruente con reformas constitucionales ya aprobadas por el Congreso de la Unión en materia de acciones colectivas y de mecanismos alternativos de solución de controversias.

En la sesión, Lourdes Adriana López Moreno, presidenta de la Comisión de Medio Ambiente, y diputados de las bancadas partidistas, coincidieron en que, por primera vez, se precisa en la ley el concepto de daño ambiental, la forma en la que deberá ser reparado, y excepcionalmente compensado en especie con la restitución de los servicios ambientales perdidos y sin indemnizaciones económicas.

Además, se otorga certeza jurídica al sector económico, a organizaciones sociales, a instituciones públicas, al Poder Judicial, y a todas las personas a las que la Constitución les reconoce el derecho de tutela ambiental.
Las penas económicas aumentan únicamente a empresas que producen daños como resultado de actos violatorios a la ley, cometidos en forma dolosa o intencional, uno de los hechos más reprochables y gravosos para la sociedad mexicana.

Ahora, toda persona que ocasione un daño, tiene derecho a resolver el conflicto de manera concertada y transparente, porque no se da lugar a la impunidad, ya que las sanciones administrativas y penales serán aplicables aún y cuando haya conciliación, pero con beneficios de reducción sustancial de las sanciones.

Era impostergable, acotaron, implementar mecanismos jurídicos sólidos y de protección ambiental que coadyuven al despliegue económico sano y equilibrado de la nación.

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