El secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Juan José Guerra Abud, informó que las empresas Buenavista del Cobre y Operadora de Minas e Instalaciones Mineras subsidiarias ambas del Grupo México se han obligado ante el gobierno federal a reparar totalmente el daño ambiental y el pago a las personas afectadas por el derrame de 40 mil metros cúbicos de sustancias tóxicas en el río Sonora.
El funcionario federal manifestó que para cumplir esta obligación las empresas crearán un Fideicomiso por un monto de 2 mil millones de pesos y realizarán ministraciones de 500 millones que se destinarán al objeto del Fideicomiso, y en caso de que el monto anterior no sea suficiente para la reparación de los daños, las empresas aportaran una cantidad adicional que el Comité Técnico del Fideicomiso determine para cumplir este objetivo.
El funcionario federal indicó que el montó es por 2 mil millones de pesos y será administrado por un comité que estará presidido por el gobierno de la República y expertos de reconocido prestigio en material ambiental.
Dijo que el Comité evaluará las reclamaciones que hagan las personas que hayan sufrido daño en su patrimonio o actividad productiva a consecuencia de este derrame.
Asimismo, se crearán grupos de expertos en materia ambiental y de salud que informarán sobre la calidad de agua, aire, caracterización de los suelos, flora y fauna para asesorar y recomendar las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Fideicomiso.
Guerra Abud resaltó que la constitución del Fideicomiso es independiente de las sanciones económicas que conforme a derecho sean procedentes de otros procedimientos distintos a los iniciados en materia ambiental.
Destacó que la obligación asumida por la empresa ante el gobierno de la República privilegia la atención inmediata a la población afectada y al Medio Ambiente y evita juicios o procedimientos que podrían retrasar durante mucho tiempo la reparación total de los daños.
Por su parte, el secretario de Economía, Ildefonso Guajardo Villarreal manifestó que conforme a la Ley Minera en el artículo 43 establece una sanción temporal y después una definitiva; aunque aclaró que las diferentes áreas intergubernamentales responsables de la evaluación conducente a la primera etapa que era la suspensión temporal.
Comentarios Cerrados