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Se reanuda nado con tortugas en Akumal

El Área de Refugio Bahía de Akumal, sitio de alta riqueza biológica, es una zona de alimentación y descanso para tres especies de tortugas marinas, verde o blanca, carey  y caguama.

Debido a la baja profundidad, seguridad y fácil acceso, esta área constituye un atractivo muy importante para el turismo, ya que en este sitio se realizan actividades como buceo y avistamiento de tortugas marinas y otras especies silvestres, entre otras.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a través de la Dirección General de Vida Silvestre, en coordinación con la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP) y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), otorgaron 20 permisos para las actividades turísticas de observación y nado con tortugas marinas en la zona norte del Área de Refugio “Bahía de Akumal”, que permitirán el desarrollo de estas actividades de forma ordenada, fomentando la protección y conservación de diferentes especies de vida silvestre y sus ecosistemas.

La Bahía de Akumal es un área actualmente administrada por la CONANP, y en coadyuvancia con la PROFEPA y la Secretaría de Marina (SEMAR), se mantendrán los operativos de vigilancia en dicha zona para garantizar el cabal cumplimiento de las nuevas autorizaciones y mantener la carga turística, las cuales sólo permite el ingreso de 12 turistas por cada prestador de servicio.

Cabe destacar que la intervención de la PROFEPA junto con la SEMAR mantuvieron la zona de tortugas de la Bahía de Akumal libre de turistas durante 51 días, tiempo que duró la suspensión, con lo que se logró una evidente restauración de pastos y corales marinos así como se protegió el refugio de tortugas.

Los prestadores de servicios turísticos deberán cumplir con las disposiciones Administrativas, Fiscales y de Sanidad exigibles por otras unidades administrativas de esta Secretaría y de otras Dependencias o de autoridades competentes en la materia.

A través de un estudio de capacidad de carga, realizado para esta Comisión, se determinó la creación de dos circuitos delimitados para el nado y observación de estos quelonios y una serie de medidas y condiciones que asegurarán que esta actividad se lleve a cabo de forma ordenada y sustentable.

Dentro de las medidas de manejo y regulación establecidas por la CONANP, cabe señalar las siguientes:

         El nado y avistamiento con tortugas marinas sólo podrá realizarse en un horario de 9:00 a 17:00 horas.

         Los turistas deberán utilizar exclusivamente las rutas y horario establecido por la CONANP.

         Se realizará en grupos de hasta 6 personas más un guía autorizado por la CONANP.

         Los turistas podrán permanecer por un período no mayor a 55 minutos para el circuito 1 (uno) y 65 minutos para el circuito 2 (dos).

         Tanto el ingreso, como la salida del área de avistamiento deberán realizarse de forma lenta y silenciosa caminando por la playa.

         El equipo obligatorio para realizar la actividad deberá constar de tubo de respiración, visor, aletas cortas, chalecos salvavidas que evita la inmersión total, y en ningún caso se podrá sustituir el chaleco por flotador de cintura o de brazos.

         Sólo se permitirá el uso de bloqueadores y bronceadores biodegradables.

         La distancia mínima entre grupos que realicen la actividad será de 10.0 (diez) metros de longitud en cada circuito.

         Los turistas deberán mantener una distancia mínima de 3.0 (tres) metros por la parte posterior de cada tortuga, sin exceder el tiempo de observación de cinco minutos.

         Durante el desarrollo de las actividades queda prohibido tocar, alimentar, perseguir, acosar, molestar, retener, remover, sujetar, y/o dañar cualquier ejemplar de vida silvestre.

         Si la tortuga muestra señales de movimiento rápido, de evasión, o cambios repentinos de dirección, o inmersiones más prolongadas, las actividades de observación se suspenderán inmediatamente.

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