Entre el periodo del 8 de julio – fecha en que el juez cuarto de distrito en materia administrativa ordena decretar contingencia ambiental al rebasar los 100 imecas- y el 23 de julio, último del que se tienen datos del monitoreo de la calidad del aire, el 56 por ciento de los días se rebasaron los 100 imecas y las autoridades ambientales no decretaron contingencia.
“Si bien el resolutivo del juez señala que podrán no decretar las contingencias, esto es siempre y cuando se justifique caso por caso públicamente el por qué y se tomen medidas alternativas para garantizar la protección de la población y esto no está sucediendo, esto más la decisión de la CAMe de anteponer los intereses económicos de la Megalópolis nos habla de una grave displicencia de las autoridades por el cuidado de la salud de la población”, señaló el responsable de los temas de calidad del aire de Greenpeace México, Pablo Ramírez.
Las normas de salud ambiental tienen como objetivo establecer el límite máximo permisible de cada uno de los contaminantes en el aire para garantizar la salud de la población, estos límites no los pone Greenpeace, se establecen con base en evidencia científica, toxicológica y epidemiológica, por lo cual es muy importante que se respeten y garanticen.
La CAMe y la CDMX publicaron las implicaciones económicas de la modificación en los índices para decretar la contingencia y sería muy importante que este análisis que realiza tan detalladamente para el sector económico lo realizara en cuestión de salud, porque las implicaciones en términos de morbilidad y mortalidad son muy graves.
“La diferencia entre decretar contingencia ambiental entre 101 y 150 imecas no son 49 puntos, son un compromiso o el desprecio a la salud de los grupos vulnerables, niños y niñas, adultos mayores, y personas con padecimientos respiratorias agudos y crónicos”, señaló Ramírez.
Considerando solamente 2 sectores poblacionales altamente vulnerables: niñas y niños y adultos mayores, con datos del censo de población 2010, la población afectada solo en CDMX es de 2, 941,186 que representan el 33.24% de la población total.
Es por ello que Greenpeace presentó un recurso apelando a la modificación que se realizó en la suspensión definitiva y que permite a la autoridad no actuar con respecto a los límites que establece la norma. Luis MIguel Cano, asesor legal de la organización ambientalista, informó que Greenpeace presentó una apelación por omisión en cuanto lo establecido por el juez, porque en la suspensión se aclara que la justificación tendrá que hacerse caso por caso, no una sola vez. Y por la no presentación de medidas alternativas.
En ese sentido, los otros estados integrantes de la CAMe, tienen que presentar un informe sobre la omisión en cuanto al establecimiento de protocolos de contingencia. Hasta el momento solamente Querétaro lo ha hecho, reconociendo la falta del mismo y asegurando que se realizará y lo harán con base en las normas de salud ambiental. En tanto seguimos a la espera de los informes de los otros 4 estados (Morelos, Puebla, Tlaxcala e Hidalgo).
Estamos ante una crisis ambiental por el grave deterioro de la calidad del aire de la Ciudad de México y la zona metropolitana que la rodea. Ante esta situación Greenpeace reitera que la única forma de “limpiar” el aire de la ciudad implica una transformación urgente y de fondo del modelo de transporte en la ciudad -que actualmente privilegia el uso particular del automóvil- hacia un modelo que ofrezca a las personas más opciones de movilidad no motorizada y del transporte público masivo y eficiente que les permita a los habitantes trasladarse de manera cómoda, rápida, segura y menos contaminante. En tanto eso sucede, no podemos seguir exponiendo irresponsablemente a los grupos vulnerables.
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