La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), en conjunto con personal de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), llevaron a cabo acciones de vigilancia en la observación y nado de Tiburón Ballena, verificando que los prestadores de servicios realizan la actividad en apego a lo previsto en el programa de manejo tipo y a las condicionantes previstas en la autorización correspondiente, respecto a las actividades en fin de semana y a los días de excepción.
Se revisaron13 embarcaciones en muelle de salida, verificando que contaran con las autorizaciones respectivas de la Dirección General de Vida Silvestre y de la CONANP, comprobando también que llevaran el número máximo de pasajeros por embarcación de acuerdo con previsto en las autorizaciones (10).
Posteriormente, la PROFEPA realizó recorrido marítimo confirmando que se respetara el día de excepción para la realización de la actividad turística recreativa de observación y nado con Tiburón Ballena (Rhincodontypus), conforme a las autorizaciones, donde se señala que los días 30 de cada mes, se suspenden las actividades con el fin de dar un breve descanso a los ejemplares de tiburón ballena.
En ese sentido, constató que no hubo presencia de embarcaciones turísticas en la zona, dando cumplimiento de ese modo con el día asignado para tal fin.
Lo anterior se dio con el apoyo del Comité de Vigilancia Ambiental Participativa de Tiburón Ballena denominado «Dameros» y de la Asociación Náutica de Tiburón Ballena de Isla Mujeres.
De acuerdo a la Ley General de Vida Silvestre, su reglamento y las disposiciones de las Normas Oficiales Mexicanas, las violaciones cometidas podrán ser sancionadas con la imposición de una multa por el equivalente de 50 a 50,000 Unidades de Medida y Actualización vigente en la Ciudad de México, así como el incumplimiento de las medidas y reglas establecidas en los Programas de Manejo de cada una de la Áreas Naturales Protegidas.
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