La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) informó que todas las acciones de inspección y vigilancia en terrenos forestales que ha realizado el gobierno del estado de Michoacán son ilegales, toda vez que dicha atribución es responsabilidad exclusiva de ésta autoridad federal.
Al no existir ninguna clase de acuerdo o convenio de asunción de funciones en materia de inspección y vigilancia forestal, las diversas acciones que realiza el citado gobierno estatal a través de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climático (SEMARNACC) contra el presunto cambio de uso de suelo en huertas aguacateras, están fuera de la ley.
La PROFEPA informa que, durante el periodo de Agosto de 2015 al mes de Mayo de 2017, ha realizado más de 80 acciones en materia forestal en el estado de Michoacán, entre las que se encuentran la clausura total temporal de 13 predios por detectar actividades ilegales de remoción de la vegetación, así como por la apertura de ollas para la
captación de agua.
En dichas inspecciones se ha encontrado la plantación de 93,363 plantas de aguacate, sin contar con la autorización correspondiente en cuanto al Cambio de Uso del Suelo en Terrenos Forestales.
Además implementó un procedimiento administrativo en cada uno de los predios y la puesta a disposición del Ministerio Público Federal de 16 personas detenidos en flagrancia.
Las regiones con mayor incidencia son la Meseta Purépecha y oriente del Estado, principalmente en los municipios de Tacámbaro, Zacapú, Purépero, Jiménez, Ziracuaretiro, Uruapan, Tancítaro y Zitácuaro.
En dicho periodo también, se recibió un total de 49 denuncias por derribo de arbolado para Cambio de Uso de Suelo; en específico para el establecimiento de huertas de aguacate.
En la comunidad indígena y ejido de Zirahuato, municipio de Zitácuaro, se recibieron durante el año 2016, dos denuncias que fueron atendidas de manera oportuna.
Cabe resaltar que en ese mismo periodo de tiempo se llevaron a cabo 5 acciones de inspección que derivaron en procedimiento por tala ilegal y cambio de uso de suelo.
En lo que va del 2017, en esa zona, se han realizado 2 operativos de inspección y vigilancia, a pesar de que no ha existido denuncia alguna.
Uruapan (en la Comunidad indígena de Santa Ana Zirosto, Ejido Santa Catarina, Ejido Toreo El Alto, San Francisco, y predios Amapola, Joya Honda, La Hedionda, Loma Bonita y Los Arroyo) y Salvador Escalante (C.I. Zirahuén, Ejido Ixtaro, Ejido Casas Blancas y Ejido Cuitzitán), son los municipios que presentan mayor incidencia con nueve denuncias cada uno por Cambio de Uso de Suelo.
Le siguen, las localidades de Peribán con 4 (C.I. San Francisco Peribán, Ejido la Majada y Predio Gachupín); Tingambato 4 (Ejido 3 Tingambato, C.I. Santiago Tingambato, predio Petatillal); Zitácuaro 4 (C.I. Zirahuato de los Bernal 3, C.I. Francisco Serrato 1) y Ziracuaretiro 3 (ejido Zirimícuaro 2, Ejido San Andrés Coru 1).
En seguimiento a las denuncias ambientales y los respectivos procedimientos administrativos instaurados de las visitas de inspección, a partir del mes de septiembre del 2015, la PROFEPA presentó ante la Procuraduría General de la Republica (PGR) en Michoacán, 4 denuncias penales por Cambio de Uso de Suelo en Terrenos Forestales para el establecimiento de huertas de aguacate.
Averiguaciones previas que se encuentran aún en integración. Así mismo, en el año 2016 se presentaron 16 denuncias penales en las subsedes de Uruapan, Zitácuaro, Morelia y Apatzingán, las cuales aún se encuentran en integración y en lo que va del año 2017 se han presentado 4 que de igual manera se encuentran en integración.
Es importante mencionar que la PROFEPA, dada la importancia de la conservación de los recursos naturales del Estado y el interés de frenar los Cambios de Uso de Suelo de Terrenos Forestales para el cultivo del aguacate, ha realizado diversas reuniones de trabajo involucrando a las dependencias del sector ambiental y agrícola federales y estatales, como son la SEMARNAT, SEMARNACC, CONAFOR, SAGARPA, SEDRUA, CONAGUA, así como representantes de las Juntas Locales de Sanidad Vegetal y la Asociación de Productores y Empacadores Exportadores de Aguacate de México, A.C. (APEAM).
Lo anterior, con el objetivo de determinar de manera coordinada las estrategias de atención a la problemática de la afectación de las áreas arboladas por el establecimiento de huertas de aguacate, para que estas dos actividades que es lo forestal y lo agrícola lleguen a ser ejercidas de manera sustentable, económicamente redituable, pero
ambientalmente aplicable.
Es importante mencionar que para aprobar o suscribir un acuerdo asunción de funciones con cualquier gobierno estatal o de la Ciudad de México, es importante que la PROFEPA revise detalladamente los requerimientos para la transferencia de funciones 4 en materia de inspección y vigilancia, tal como lo estipula el Artículo 25 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
Es por ello, que “en la celebración de convenios o acuerdos de coordinación, se tomará en consideración que los gobiernos de los Estados o de la Ciudad de México, y de los municipios en su caso,cuenten con los medios necesarios, el personal capacitado, los recursos materiales y financieros, así como la estructura institucional
específica para el desarrollo de las funciones que soliciten asumir”.
Asimismo, los convenios y acuerdos deberán ajustarse, en lo conducente, a las bases previstas en las Leyes General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; y en la Ley de Planeación; y se basarán en los principios de congruencia del Servicio Nacional Forestal.
Esta dependencia federal reitera que las recientes modificaciones a la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del estado de Michoacán no están por encima de la normatividad federal ambiental federal vigente.
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