El Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda), señaló que tanto la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), así como la Comisión Nacional del Agua (Conagua) actúan de forma incongruente al clausurar sólo el Ramal Norte que va del Acueducto Independencia a la ciudad de Hermosillo, cuando el Acueducto Independencia lleva ocho meses operando sin Autorización de Impacto Ambiental.
En comunicado de prensa se detalló que el Acueducto Independencia, construido por el gobierno de Sonora, fue impugnado por la Tribu Yaqui ante instancias judiciales ya que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) no cumplió con la obligación de informar y buscar el consentimiento previo, libre e informado de la tribu respecto de recursos naturales sobre los cuales tienen acceso tradicional y derechos de propiedad reconocidos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) falló el 8 de mayo de 2013 a favor deotorgar el amparo en contra de la Autorización de Impacto Ambiental (AIA) que la Semarnat había dado para la construcción del Acueducto Independencia y, luego del fallo, el 13 de agosto dicha dependencia dejó insubsistente la Autorización en Materia de Impacto Ambiental.
«Ello significa que el Acueducto está operando desde hace ocho meses sin Autorización de Impacto Ambiental y la Profepa no ha procedido a su suspensión a pesar de los diversos llamados que la Tribu Yaqui ha hecho al respecto», señaló Úrsula Garzón, coordinadora de Defensa del CEMDA.
Por ello, insistió en que resulta incongruente que la autoridad ambiental haya clausurado el pasado lunes 28 de abril la obra del Ramal Norte que el gobierno del estado construía para llevar agua del Acueducto Independencia por carecer de Autorización de Impacto Ambiental, permisos y especificaciones técnicas para usar terrenos federales, así como el destino y utilidad al agua que suministraría, cuando debería clausurar toda la obra que sigue operando de forma irregular.
Detalló que «hacemos nuevamente un llamado a las autoridades para que, actuando en congruencia, cumplan con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia, y a que, en el marco de la ley se suspenda la operación del Acueduto Independencia por no contar con la autorización respectiva, puesto que mientras éste siga funcionando se violan sistemáticamente los derechos humanos de la Tribu Yaqui y no se está haciendo valer el Estado de Derecho».
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