Este 5 de junio, Día Mundial del Medio Ambiente, en que la Organización de las Naciones Unidas (ONU), ha decidido dedicarlo al esfuerzo por combatir la contaminación a nivel mundial, el Observatorio Ciudadano de Calidad del Aire (OCCA) y organizaciones aliadas, exhortan a la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) a incluir en sus propuestas la implementación de las recomendaciones que le fueron entregadas el pasado 21 de mayo.
Como se ha señalado en ocasiones anteriores, se estima que en México mueren cada año más de 17 mil personas por causas asociadas con la contaminación del aire. En ese sentido, desde el OCCA y organizaciones aliadas hacemos un llamado al Estado mexicano para que retome y traduzca en políticas públicas efectivas y de aplicación inmediata, las recomendaciones del Secretario General de la ONU, António Guterres, quien indicó que «es hora de actuar con contundencia. Mi mensaje a los gobiernos es claro: gravar la contaminación, dejar de subvencionar los combustibles fósiles y dejar de construir nuevas centrales de carbón. Necesitamos una economía verde, no una economía gris».
El OCCA y sus aliados reconocen la voluntad de la CAMe de revisar las propuestas integradas en el documento Ruta urgente para mejorar la calidad del aire (Disponible en línea), y consideran que el paso inmediato es dar a conocer una ruta de implementación de medidas, encaminadas a reducir los niveles de contaminación a los que la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM) ha llegado en días pasados, particularmente en lo que se refiere a partículas suspendidas PM2.5 y ozono.
Celebramos que en la última conferencia de prensa de la CAMe, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), los gobiernos de la Ciudad de México y del Estado de México hayan incluido parte de las propuestas que el OCCA ha demandado. Sin embargo, insistimos en los siguientes puntos:
Modificación del Programa Hoy No Circula. a) Que la placa ambiental ecológica para vehículos sea exclusiva de vehículos eléctricos e híbridos con motores de hasta 4 cilindros que le permita circular aún en contingencia; b) Engomado «00» para exentar de la verificación vehicular por los primeros dos años a partir de su compra a vehículos nuevos con rendimiento en ciudad de al menos 15 km/l y cumpliendo en planta con estándares de contaminantes BIN 5 de TIER 2 y/o Euro V o superiores y aprobar la verificación vehicular, y c) Engomado «0» para vehículos: de 4 cilindros posteriores a 2009; de 6 cilindros posteriores a 2012; de 8 cilindros posteriores a 2015, siempre y cuando cuenten con un sistema de diagnóstico a bordo (OBD-2) funcional de 5 sensores. Año con año se revisarán estos criterios para actualizarse periódicamente. Y que se apliquen estos criterios al Estado de México y a la Megalópolis.
Límites más estrictos en el Programa de Verificación Vehicular. Nos congratulamos de que el gobierno introduzca el convertidor catalítico en todas las motocicletas. No obstante, insistimos en que se les incorpore al Programa de Verificación Vehicular Obligatorio, en todos los estados de la CAMe. Y que el programa opere bajo un modelo financiero orientado a la calidad de medición y con vigilancia reforzada bajo mecanismos de transparencia, incluir la verificación vehicular itinerante que realizan las patrullas ecológicas, y ser complementado con acciones de comunicación que sensibilicen a la ciudadanía sobre el objetivo de este programa en cuanto a la mejora de la calidad del aire.
Implementar políticas de gestión de la demanda a nivel megalopolitano, a través de la gestión del estacionamiento en la vía pública que incluya la generación de recursos destinados a la inversión en movilidad sustentable y transformar la regulación de estos espacios dentro de edificaciones para sustituir los estándares que exigen números mínimos de estacionamientos de vehículos por máximos, como se hizo en la Ciudad de México.
Hacer pública, a la brevedad, una ruta de trabajo para la regulación del transporte de carga con fechas de implementación por parte de la CAMe y Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT),cuya aplicación, como ha señalado la jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, debe iniciar a partir del segundo semestre de 2019 y 2020.
Establecer zonas de bajas emisiones con escalas y normas diferenciadas considerando la concentración de población vulnerable como en escuelas y hospitales; horarios de carga y descarga del transporte privado, la disponibilidad de infraestructura y servicios de movilidad sustentable, así como la creación de zonas libres de automóviles.
Triplicar la inversión en movilidad sustentable, a través de la creación de fondos en la Ciudad de México y el Estado de México que permitan: a) generar incentivos económicos para la sustitución de flota vehicular sujeta a tecnologías limpias; b) articular sistemas de transporte masivo y semi-masivos; c) crear infraestructura segura para la movilidad activa (caminabilidad y uso de bicicletas) articulada con las redes de transporte público existentes para fomentar la intermodalidad y la accesibilidad.
Generar información con perspectiva de salud ambiental a través de mecanismos participativos y transparentes como una estrategia de comunicación de riesgos, la promoción del Índice de Riesgo de Personas Susceptibles (IRPS) y acelerar la publicación e implementación de la NOM-172-SEMARNAT-2019 Lineamientos para la obtención y comunicación del Índice de Calidad del Aire y Riesgos a la Salud.
Reforzar la coordinación interinstitucional a nivel local y federal de los programas para prevenir y combatir incendios.
Publicar (antes de finalizar 2019) las normas federales relacionadas con el control y monitoreo de emisiones y de eficiencia en el sector transporte: NOM-042-SEMARNAT-2003 relativa a la emisión de hidrocarburos totales o no metano, monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno y partículas provenientes del escape de los vehículos automotores nuevos; NOM-163-SEMARNAT-ENER-SCFI-2013, de rendimiento de vehículos ligeros en términos de emisiones de bióxido de carbono y NOM-016-CRE-2016 relativa a las especificaciones de calidad de los petrolíferos.
NOM-020-SSA1-2014 relativa a los límites máximos permisibles de ozono en el ambiente.
NOM-021-SSA1-1993 relativa a los límites máximos permisibles de monóxido de carbono en el ambiente.
NOM-022-SSA1-2010 relativa a los límites máximos permisibles de dióxido de azufre en el ambiente.
NOM-023-SSA1-1993 relativa a los límites máximos permisibles de dióxido de nitrógeno en el ambiente.
NOM-025-SSA1-2014 relativa a los límites máximos permisibles de PM10 y PM2.5 en el ambiente.
NOM-156-SEMARNAT-2012 relativa a los sistemas de monitoreo de calidad del aire.
No podemos esperar a tener una nueva contingencia ambiental para retomar este tema cuya urgencia de solución es tan evidente que ha merecido la atención inmediata de la ONU. Esperamos que los trabajos de coordinación y ejecución de soluciones por parte de los gobiernos de la Megalópolis y la Federación, continúen de forma sostenida con el intercambio de información de forma transparente y oportuna entre las autoridades y la sociedad civil.
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