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Empresas mexicanas poco preparadas para la prevención de mobbing

 

Los corporativos mexicanos en octubre de este año, estarán obligadas a poner en marcha lo que establece la Norma Oficial Mexicana (NOM-35-STPS-2018) para prevenir y atender el mobbing (violencia laboral), de no hacerlo podrán ser sancionadas administrativamente por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Verónica Santos Méndez, docente de Derecho y coordinadora del Diplomado en Derecho Laboral y de la Seguridad Social de la Universidad Intercontinental (UIC), y Mauricio Murillo, profesor de la Escuela de Derecho de la UIC, informaron que el mobbing en los espacios laborales es algo común como lo reporta la encuesta del Centro de Carrera Profesional en línea de OCC Mundial cuyos resultados señalan que 7 de cada 10 mexicanos sufren acoso laboral.

De acuerdo a la citada encuesta, entre las conductas violentas se encuentran la exageración en fallas y errores, minimizar esfuerzos o aciertos, gritos intimidantes, sobrecarga de trabajo, humillación, rumores, calumnias, exclusión, permisos negados y amenazas verbales o escritas.

Por ello, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) creó la Norma Oficial Mexicana NOM-35-STPS-2018 (publicada en el DOF el 23/10/2018), como herramienta para identificar y analizar los factores de riesgo psicosociales en los centros de trabajo que puedan afectar el bienestar, integridad y salud del trabajador y deriven en estrés laboral.

En el marco de esta norma, la STPS ha establecido como obligación para las empresas, que para responder cómo pueden las empresas cumplir con la NOM35, tendrán que implementar un protocolo de prevención y atención así como crear una “Comisión de Atención y Seguimiento frente al caso de Violencia Laboral, Hostigamiento y Acoso Sexual”, constituida por representantes de la empresa y de los trabajadores, para establecer un mecanismo de actuación voluntario ante casos de violencia y atender a las personas que sean víctimas.

Los profesores universitarios explicaron que la NOM-35-STPS-2018 proporciona un método para identificar y evaluar los factores de riesgo psicosocial así como el entorno organizacional, estableciendo medidas preventivas para que el trabajador no llegue a ser víctima del mobbing y de estrés laboral.  Además contempla la participación de especialistas para casos graves y acontecimientos traumáticos severos.

La norma entrará en vigor en octubre del 2019, fecha en la cual los centros de trabajo deberán haber creado la comisión de atención e iniciado la capacitación y el adiestramiento para concientizar a trabajadores y directivos, a fin de prevenir el mobbing y el estrés laboral; en caso contrario podrán ser sancionados administrativamente.

Los investigadores universitarios coincidieron que existen diversos factores de riesgo en referencia al tema como son una mala distribución de la carga del trabajo, extensas jornadas laborales, rotación de turnos, relaciones negativas entre colaboradores, hasta cuestiones más graves como el acoso; que ocasionan en el empleado diversos trastornos como la ansiedad y cambios metabólicos con repercusiones en el ciclo del sueño, además de irritabilidad y estrés.

Situación que desde su perspectiva, no ha sido atendido adecuadamente y que las empresas, en muchos casos, sólo esperan esa fecha y aperturar una oficina de quejas y, lamentablemente, no ahondar en el caso.

Al respecto, en entrevista con este reportero, José Luis Calderón, vicepresidente de la Asociación Mexicana de Empresas de Seguridad Privada (Amesp), indicó que la realidad laboral en México se está transformando y es más usual el escuchar que va en aumento la violencia y el acoso en las empresas, “así como la mayor presencia de problemas de convivencia entre los propios trabajadores, que se ha presentado en las calles con los casos de los llamados Layds y los Lords, que son muestra clara de la proliferación de la intolerancia social”.

Puntualizó que “urge contener el aumento de este fenómeno, que se tiene que detener antes que suceda algo grave y extremo, además de requerir actualizar las leyes que le rodean”.

Aceptó que el gobierno federal no ha sido de mucha utilidad en controlar este tipo de acciones y todo se ha dejado en manos de los particulares, que al momento está en la indefinición sobre cómo pueden las empresas cumplir con la NOM35.

Ejemplificó que Amesp y sus asociados privados han establecido cursos de capacitación a sus empleados -encargados de la seguridad interna de las empresas-, para saber actuar adecuadamente en casos de acoso y violencia en centros de trabajo, que lamentó, han ido al alza.

Por su parte, Alberto Elizondo, Managing Director Latin America & Caribean de la marca Humanscale, indicó a este reportero que las empresas tienen que entender que contar con sitios de trabajo adecuados y modernos, provoca que la salud de los empleados mejore y aumente su productividad laboral.

Citó que la consultora Everest Group, en su informe Reimagining Workplace Services, indica que el 68% de las grandes empresas piensa que, para el 2021, la mayoría de sus empleados serán móviles y no estarán sujetos a un espacio de oficina, mientras que para el 2025, más del 75% de los lugares de trabajo estarán integrados por millennials, muchos de ellos en roles influyentes de toma de decisiones.

Lamentó que estas expectativas generan preocupación en muchas empresas en México, pues la encuesta Millennials 2018, de Deloitte, soslaya que el 67% de los colaboradores de esa generación espera que sus áreas de trabajo les apoye con los elementos necesarios en sus sitios de labores para que puedan concentrarse en actividades más creativas, cosa que no sucede en buena parte de los sitios de trabajo en la actualidad.

Es importante tomar en cuenta las actitudes y convivencia de las personas, el respeto entre compañeros, el sitio donde se trabaja, los muebles y comodidad, ya que un empleado que está cómodo no presenta desde molestias en su carácter como en su físico, dijo.

Ejemplificó que datos de los estudios antes citados soslayan que un 50% de los trabajadores que tienen incomodidad en sus sitios de labores, acaban presentando pequeñas lesiones y malestares físicos que afectan la productividad de la empresa.

Estos aspectos, indicó, deben ser atendidos por todo tipo de empresa, sin importar si es grande, mediana o pequeña,

Mencionó que el sector bancario, es la única empresa que mide los riesgos médicos el malestar por las lesiones generadas por el mobiliario que utiliza.

 

Mobbing, definiciones, etapas, preguntas, etc.

El mobbing puede provenir de los propios compañeros (mobbing horizontal) de jefe a subordinados (mobbing descendente o también llamado bossing el cual suele ser el más común), y el menos común de subordinados a jefe (mobbing ascendente).

Este fenómeno se caracteriza por ser un hostigamiento persistente, sistemático y continuo sobre el trabajador, el cual puede afectarlo psicológicamente a través de conductas como burlas, menosprecio a su tarea, ataque a la reputación de la víctima, cargas excesivas de trabajo, aislamiento social, acoso por maternidad,  entre otras.

Obligaciones del patrón con la nueva NOM

Cómo pueden las empresas cumplir con la NOM35 que entrará en funcionamiento el 23 de octubre de 2019:

– Será de carácter obligatorio para todas las empresas y los patrones estarán sujetos sus lineamientos.

– Las empresas con menos de 50 empleados estarán obligadas a indicar por escrito, así como a implementar y difundir una política de prevención de riesgos psicosocial y de violencia laboral.

– Las organizaciones que tengan entre 16 y máximo 50 colaboradores necesitarán desarrollar guías sobre cómo presentar quejas, capacitación y sensibilización de directivos e incluso identificar a los empleados que han sufrido un acontecimiento traumático durante o con motivo del trabajo.

– En los centros de trabajo que integren más 50 personas se tendrá que realizar exámenes médicos y psicológicos a los grupos identificados como vulnerables.

– La identificación de colaboradores vulnerables se realizará a partir de cuestionarios contenidos en la NOM.

Acerca de Juan Carlos Machorro

El autor no ha proporcionado ninguna información.

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