México y la Unión Europea acordaron una actualización a la lista de denominaciones de bebidas espirituosas contenidas en el Acuerdo entre la Comunidad Europea y los Estados Unidos Mexicanos sobre el Reconocimiento Mutuo y la Protección de las Denominaciones en el Sector de las Bebidas Espirituosas.
El Acuerdo contiene obligaciones para México y la Unión Europea con el fin de garantizar que las denominaciones protegidas en cada Parte se reserven exclusivamente a las bebidas espirituosas del país de origen y solo puedan ser utilizadas conforme a las leyes y regulaciones de dicha Parte.
Asimismo, el Acuerdo otorga protección contra el uso indebido de las denominaciones protegidas.
Con esta actualización, México no únicamente asegura la continuidad de protección de las denominaciones “Tequila”, “Mezcal”, “Sotol” y “Charanda”, sino que extiende la protección que prevé el Acuerdo a las denominaciones “Bacanora” y “Raicilla”, lo que fomenta su protección en el territorio de los socios comerciales de nuestro país.
La actualización del Acuerdo de Bebidas Espirituosas surte efectos a partir del 31 de enero, tanto en México como en la Unión Europea, y constituye un ejemplo del esfuerzo del Gobierno de México por garantizar un comercio internacional basado en reglas.
¿Quieres saber más?
Conoce el Acuerdo por el que se da a conocer la sustitución del Anexo I y del Anexo II del Acuerdo entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea sobre el reconocimiento mutuo y la protección de las denominaciones en el sector de las bebidas espirituosas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 04 de febrero de 2020:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5585423&fecha=04/02/2020
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