Se acaban de cumplir 5 años de iniciada la Década de Acción por la Seguridad Vial 2011-2020 propuesta por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la cual es adoptada por México, a través de la Estrategia Nacional de Seguridad Vial realizada por las secretarías de Salud y de Comunicaciones y Transportes. Pero lamentablemente México al momento no ha realizado con los compromisos adoptados.
Dicho instrumento tiene como objetivo la reducción de las fatalidades por accidentes viales a la mitad y al “máximo posible” las lesiones y discapacidades. En México para el año 2000 se registraron 14,028 muertos y en 2011 ascendieron a 16,615. De acuerdo con el Década de Acción de la Seguridad Vial, para nuestro país se estableció que el número de muertos proyectados para 2020 -19,612 defunciones- se deberán reducir en un 50%, es decir a 9,806. De mantenerse la situación actual no solamente el país no cumplirá con los objetivos establecidos, sino que el número de muertes acumuladas será de 52,836.
En la acción tercera de la Estrategia Nacional de Seguridad Vial se tiene como uno de sus principios el “Fomentar el uso de vehículos más seguros, para la cual se plantean las siguientes acciones: Incorporar las normas mínimas de seguridad (impacto frontal y lateral, sistema de control de estabilidad, sistema de retención infantil, cinturones de seguridad y tipo de anclaje y protección a peatones) de los vehículos de motor desarrolladas en el Foro Mundial de ONU para la Armonización de Reglamentos sobre Vehículos (WP 29) de forma que éstos logren al menos ajustarse a las normas internacionales mínimas.”
Pero el pasado 09 de mayo, se publicó en México la NOM-194-SCFI-2015 que regulará los dispositivos de seguridad en autos nuevos, violando este principio rector de la Estrategia ya que no considera en su totalidad las normas mínimas de seguridad; pese a que, la norma ofrece como referencias de conformidad las regulaciones recomendadas del foro WP29, ésta se debilita al incluir diferentes versiones de las normas de Brasil, Japón, Corea y Estados Unidos.
De esta manera, se tendrá un marco regulatorio inconsistente y flexible que inhibe la posibilidad de garantizar de manera equiparable a las mejores prácticas internacionales (tanto de países desarrollados como de economías emergentes), la seguridad de los autos que se comercializan en el mercado mexicano.
Además, la norma no sólo protege el mercado sub-estándar de la industria automotriz mexicana, también permite que países como Brasil introduzcan en el mercado mexicano el Volkswagen Gol sin Frenos ABS y sin prueba de impacto frontal; Corea el GM Matiz y Spark. Estos autos inseguros importados, se suman a los producidos en México también altamente inseguros como el Tsuru, Aveo Hyundai Grand i10. Cabe resaltar que el Tsuru no se vende en Japón, ni el Gol en Brasil.
De acuerdo a la Asociación Nacional de Seguridad de Tráfico Carretero de Estados Unidos (NHTSA por su sigla en inglés), en un estudio publicado en 2015, concluyó que la efectividad de las tecnologías de seguridad vehicular para reducir fatalidades desde los años 60 hasta el año 2012, han salvado un total de 613,501 vidas en ese país.
Con la NOM-194, México tuvo la oportunidad de subsanar las décadas en que se abandonó la seguridad vehicular, donde quedamos a expensas de la voluntad de las compañías de colocar o no sistemas de seguridad. Sin embargo, la protección de los intereses comerciales pesó más que el derecho a la salud y la protección de los consumidores, sin mencionar el altísimo costo de los accidentes viales (entre 1.8 y 3.5% del PIB de acuerdo al Banco Interamericano de Desarrollo).
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