Recientemente se aprecia un diálogo polarizado respecto del agua y su gestión, partiendo de dos posiciones en extremos. Por un lado, quienes hablan del agua como un derecho humano y otros que hablan de ella como un bien de mercado. México es signatario de la Declaración Universal de Derechos Humanos, lo que señala al agua como un derecho de naturaleza programática. En consecuencia, el Estado debe crear las condiciones que faciliten su ejercicio.
Al respecto, Humerto Armenta señaló que “dependiendo a que parámetros internacionales se consulte, el derecho humano al agua oscila entre 15 y 50 litros por habitante por día. Nosotros proponemos 35 litros por habitante por día para fines del debate. Esto representa 1,597 hm3/año. El volumen total concesionado y asignado es de 269,292.46 hmᵌ/año, de modo que el derecho humano al agua constituiría 0.59% del total del agua concesionada y asignada que paga contribuciones fiscales por su extracción, entrega en bloque y uso. El agua asignada para uso público urbano asciende a 12,539 hmᵌ/año y respecto de esta, el derecho humano signifca el 12.72%, mientras hoy por hoy el 50% del agua concesionada para este uso se va en pérdidas por ineficiencia comercial e ineficiencia operativa.”
Añadió que “del total de las trece regiones hídrologico administrativas, hay cinco cuencas con estrés hídrico en donde el volumen de agua total disponible en el ciclo hídrologico es menor al volumen total de agua concesionada en la cuenca. Por ejemplo, en el Valle de México hay un total de agua disponible de 3,442 hm3 mientas que en el volumen total de agua concesionada en la cuenca es de 4,246 hm3.”
En este contexto tradicionalmente se ha optado por la inversión en grandes obras de conducción, pero a mismos niveles de inversión en i) conducción, ii) distribución, iii) aplicación, vemos que la recuperación agua es significativamente mayor cuando se destina a la distribución o a la aplicación. Esta tesis es válida tanto para el uso urbano como el agrícola.
En conclusión, la iniciativa privada tiene una enorme ventana de oportunidad participando en la distribución y aplicación del agua a fin de buscar mayores eficiencas en la gestión. Con una sólida regulación se pueden redestinar los volúmenes de agua recuperados para garantizar una mínima dotación por habitante sin costo alguno para este y liberar el excedente al libre mercado, por lo tanto permitiendo una rentabilidad al capital privado invertido.
Por su parte el investigador Jaime Collado comentó que “muchas instituciones del sector agua requieren la sinergia de la política, la legislación y la gobernanza del agua; sin embargo, no todas tienen que basarse forzosamente en la legislación, ya que existen múltiples situaciones y problemas que pueden atenderse en mejores condiciones de eficacia y rapidez con los instrumentos de la gobernanza, esto es, políticas públicas, administración y participación pública, entre las principales”.
Estas fueron parte de las exposiciones de ambos autores del libro “Apuntes sobre Gestión Hídrica y la Infraestructura Hidráulica”, en donde abundaron sobre los diversos reglamentos y acciones que se requiere implementar en este sector.
En el aspecto legal, que es de injerencia de ambos autores, se señaló que el marco legal del agua está relacionado con los derechos de su uso, incluido el derecho humano a su acceso. Entre los pendientes legislativos que ambos investigadores expusieron esta que:
El desarrollo de la Ley General de Aguas, reglamentaria del párrafo sexto del artículo 4º constitucional, con el fin de que:
El Estado garantice el derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible, y de que
Se establezca la participación de la federación, las entidades federativas, los municipios y la ciudadanía en la consecución de ese derecho humano al agua,
Una posible reforma a la Ley de Aguas Nacionales, reglamentaria del párrafo quinto del artículo 27 constitucional, que:
Valore y, si procede, actualice sus principales hipótesis iniciales ―Registro Público de Derechos de Agua; prórroga, caducidad y transmisión de títulos; establecimiento y supresión de zonas reglamentadas, de veda y de reserva; reglamentos de cuencas y acuíferos; control de avenidas y protección contra inundaciones; prevención y control de la contaminación del agua; inversión social y privada en infraestructura hidráulica; consejos de cuenca, y la participación de los usuarios y de los particulares en la realización y administración de las obras y de los servicios hidráulicos―,
Remueva las extensas partes procesales y orgánicas, propias del reglamento de esa ley, e
Incorpore normas sustantivas para abordar las nuevas necesidades y los problemas emergentes con el fin de garantizar la distribución o redistribución equitativa de las aguas nacionales entre todos los usos y usuarios, así como su conservación en cantidad y calidad de una generación a otra, y
Profundizar las consultas y lograr los consensos necesarios que podrían llevar a la reforma de un subconjunto de los artículos 27, 73, 115 y 116 constitucionales, con el propósito de distribuir competencias entre la federación, las entidades federativas y los municipios para los efectos siguientes:
Garantizar el derecho ciudadano a la prestación del servicio público domiciliario de agua potable y saneamiento, y
Esclarecer las funciones y atribuciones, así como la coordinación entre los tres órdenes de gobierno, en la atención del drenaje pluvial. Si se logra esta reforma constitucional, entonces podría pensarse en una Ley General de Agua Potable, Drenaje Pluvial y Saneamiento que coordinara a la federación, las entidades federativas y los municipios en la provisión de estos servicios.
Por otra parte, los seis objetivos propuestos para el Programa Nacional Hídrico 2019-2024: i) promover el uso eficiente del agua en la generación de energía, bienes y servicios para apoyar el crecimiento económico del país, ii) fortalecer las acciones para mejorar la eficiencia en el uso del agua y la productividad agrícola para apoyar la autosuficiencia alimentaria, iii) promover el acceso apropiado a toda la población, especialmente a la vulnerable, a servicios con cantidad y calidad de agua potable, drenaje y saneamiento, iv) dar seguridad a la población y zonas productivas ante la presencia de eventos hidrometeorológicos, sísmicos, geológicos y volcánicos, v) mejorar los instrumentos de gobernanza y gobernabilidad del agua en cuencas y acuíferos, y vi) mejorar la calidad del agua en cauces, vasos, acuíferos y playas para la preservación y conservación de los ecosistemas en las cuencas, se abordan en los primeros seis capítulos del libro, acompañados de propuestas puntuales para mejorar el desempeño del sector agua en México.
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