Ante el pleno del Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte (SINADE), el titular de la CONADE, Alfredo Castillo Cervantes, dio a conocer la firma de un acuerdo entre la dependencia federal y el Comité Olímpico Mexicano donde se establecen las responsabilidades de ambas instancias para el deporte.
Dijo que “para evitar confusiones y aprovechando la presencia de federaciones olímpicas, federaciones no olímpicas, directores de institutos del deporte y sobre todo la gente involucrada, me permito dar lectura a éste para que tengan el conocimiento y evitemos el tema de la especulación”.
Acuerdo firmado entre la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (CONADE) y el Comité Olímpico Mexicano (COM).
El Comité Olímpico Mexicano reconoce a la Comisión Nacional de Cultura Física y de Deporte como la instancia máxima del deporte nacional en México. La CONADE reconoce al COM como la máxima instancia del deporte olímpico federado.
La CONADE reconoce al Comité Olímpico Internacional (COI) como el máximo ente rector del movimiento olímpico internacional y a la Carta Olímpica como el instrumento jurídico normativo que rige los destinos del olimpismo y aceptan respetarla y acatar los lineamientos que emanan de dicho instrumento dentro de su respectivo ámbito jurisdiccional.
El titular de la CONADE manifiesta su respeto al principio de autonomía del movimiento olímpico evitando realizar cualquier actividad que pudiese intervenir con la gobernancia interna del Comité Olímpico Mexicano, de las federaciones deportivas nacionales, así como de las asociaciones afiliadas a las mismas. Por tal motivo las federaciones podrán determinar su propia estructura y gobierno de sus organizaciones, ejercer el derecho de realizar elecciones libres de cualquier influencia externa en término de lo dispuesto por la Ley General de Cultura Física y Deporte.
La CONADE tiene la facultad de nombrar al Consejo de Vigilancia Electoral Deportiva (COVED), a fin de que supervise el buen desarrollo de los procedimientos electorales dentro del seno de las federaciones deportivas nacionales, debiéndose respetar en todo tiempo y lugar las resoluciones de dicho órgano. Lo que conlleva a transparentar dichos procedimientos.
El titular de la CONADE manifiesta y el titular del COM reconoce que CONADE no está obligada a financiar a las federaciones deportivas nacionales, así como a sus asociaciones afiliadas, por lo que estas deberán procurar ser autosuficientes en materia de recursos humanos y financieros.
El Comité Olímpico Mexicano, comprometido con la legalidad y transparencia, exhorta a las federaciones deportivas nacionales a respetar estos principios fundamentales e incluirlos en sus estatutos a la mayor brevedad.
En caso de que una federación deportiva nacional no pueda subsistir con sus propios recursos y requiera de presupuesto público federal para cumplir con sus compromisos nacionales e internacionales presentará a la CONADE una solicitud de recursos públicos notificando para ello al Comité Olímpico Mexicano.
El Gobierno Mexicano buscará en todo momento optimizar los recursos públicos federales, no obstante esta situación no le permitirá a la CONADE solicitar el cambio de dirigente ni involucrarse en el manejo interno de la federación, respetando en todo momento la autonomía y el estatuto de la federación deportiva nacional.
La federación deportiva nacional que solicite recursos públicos federales a la CONADE estará sujeta a la correcta comprobación de dichos recursos, a fin de cumplir con lo establecido en la Ley General de Cultura Física y Deporte, su reglamento, la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos y la Ley Hacendaria, debiendo presentar su comprobación en un plazo no mayor de treinta días de ejercido el recurso. En caso de que la federación no compruebe dichos recursos de manera correcta no tendrá derecho a solicitar de nueva cuenta recursos públicos federales, independientemente de las consecuencias de carácter legal a las que se somete cualquier instancia que recibe recursos públicos federales dentro de la legislación mexicana.
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