No obstante la gravedad del desperdicio del agua en el país, no se cuenta con esquemas legales que fomenten el reuso de las aguas residuales que representan un problema de alta contaminación y desperdicio para México de alrededor de 75 mil litros por segundo.
Este volumen de líquido tratado, representa anualmente ocho veces la cantidad de lo que suministra el Sistema Cutzamala, de la Ciudad de México, o dos veces el consumo total del agua del Distrito Federal.
Estas cifras, que dan la magnitud del desperdicio de agua tratada en todo el país, están contenidas en una iniciativa que propone hacer obligatorio la reutilización de dichas aguas, presentada en fecha reciente ante la Comisión Permanente y que fue turnada a la Comisión de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Diputados.
Si bien, en la actual legislatura no será posible que sea aprobada, seguramente será retomada por los diputados de la LXI Legislatura, ya que no es posible seguir contemplando que nadie haga nada por terminar con ese criminal desperdicio, cuando hay millones de mexicanos que claman por agua y, además, porque ya se anunció una disminución permanente en el suministro de agua.
Abundando en las cifras, se precisa que las aguas residuales representan, a nivel nacional, una contaminación de descarga de 332 metros cúbicos por segundo de aguas negras, pero también un desperdicio de 74.7 metros cúbicos por segundo de aguas residuales tratadas, que son descargadas sin utilizar con un valor fiscal de 6 mil 560 millones de pesos.
Se señala también que el mayor reuso de aguas a nivel nacional es en las denominadas aguas negras, sin tratamiento, mientras que las residuales tratadas se descargan o desperdician; por lo que, legislar la obligatoriedad de su reutilización, producirá beneficios económicos, ambientales y, sobre todo, de salubridad a la población en forma inmediata, así como a los sectores productivos en la agricultura y en la industria.
Para el diputado Jorge Salum del Palacio, promotor de esta iniciativa, el no contar con esquemas legales que fomenten el reuso de las aguas residuales tratadas, e inhiban su descarga a cuerpos receptores nacionales, sin previa reutilización, hace obligatorio el que este aprovechamiento de este tipo de líquido, quede debidamente reglamentado.
El planteamiento del legislador es que este ordenamiento no sólo busca, al igual que el Programa Nacional Hídrico 2007-2012, conservar el agua para las futuras generaciones de mexicanos, si no reducir la presión de explotación de los acuíferos.
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