Opinión

Lo Cotidiano con Clase

En el Senado de la República no todo tiene que ver obligadamente con cuestiones fiscales, económicas, ni con la “grilla” política que impide aprobar leyes cuando ya está todo listo para que el Pleno cumpla con su obligación toral de elaborar las leyes.

Con esta colaboración, enfocada a cuestiones ambientales y relativas a la fauna animal, cerramos el convulso año 2014, transmitiendo sucintamente las decisiones adoptadas por los senadores al concluir el primer período ordinario del Tercer Año de la LXII Legislatura.

Es así que se aprobó, por unanimidad, el dictamen que obliga a la Comisión Intersecretarial de Cambio Climático a crear una página de internet para difundir los resultados de sus programas, y a publicar, a más tardar en septiembre de 2015, un informe anual pormenorizado de la aplicación del presupuesto y el impacto a favor del medio ambiente.

Se reformaron los artículos 47, 86 y 107, de la Ley General de Cambia Climático, cuyo objetivo establece presentar información detallada de la situación general del país en materia ambiental, las acciones que se llevaron a cabo con recursos del referido fondo, así como del presupuesto destinado a cada una de las dependencias que integran la Comisión Intersecretarial.

La segunda aprobación reforma y adiciona los artículos 7, 47 y 66, fracciones VI, II y III de la Ley General de Cambio Climático, que tiene como propósito incorporar a los mares, costas y al territorio insular como parte de las materias sobre las que habrán de establecerse, regularse e instrumentar las políticas de adaptación y mitigación de cambia climático.

Su importancia radica en dar certeza sobre el control de los ecosistemas costeros para su protección y uso sustentable de sus litorales, y a la implementación de los trabajos y actividades económicas en los litorales y zonas aledañas.

Lo anterior porque se calcula que en la zona costera habita el 15 por ciento de la población del país, es decir, 16.85 millones de personas, y México cuenta con una superficie marítima de tres millones 149 mil 920 kilómetros y una línea costera de 11 mil 122 kilómetros.

Además, porque es tiempo de lograr cambios que atiendan, con visión de futuro, la protección de nuestros recursos naturales; que México cuide responsablemente costas, islas, manglares y, sobre todo, pensar sobre el desarrollo sustentable de millones de personas que viven de la pesca, del ecoturismo y la actividad productiva que en estos espacios se realizan.

Los senadores modificaron también, los artículos 55 Bis y 60 Bis de la Ley General de Vida Silvestre para proteger de la captura a mamíferos marinos y primates, fortalecer la regulación de su uso en la investigación científica, y prohibir su utilización en espectáculos itinerantes.

Se prohíbe el uso de ejemplares de vida silvestre en circos, actos que contravengan las disposiciones de conservación de vida silvestre fuera de su hábitat natural, y faculta al Gobierno federal para expedir normas oficiales que determinen los principios básicos de trato digno y respetuoso en el entrenamiento animal.

A los 180 días de entrada en vigor del decreto, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales adecuará el Reglamento de la Ley General de Vida Silvestre, para que ejemplares de mamíferos marinos en posesión de personas que ejerzan actividades de espectáculos itinerantes, deberán ser reubicados en sitios fijos y adecuados para su manejo.

Finalmente, se proponen modificar los artículos 53,54 y 55 de la Ley General de Vida Silvestre, ya que México se encuentra dentro de los Países Megadiversos. Se prohibirá la importación, exportación y reexportación del marfil, ejemplares exóticos, sus partes y derivados para la utilización y producción de pieles en la industria textil, del vestido y del calzado.

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