Opinión

Lo cotidiano con clase

Las personas físicas o morales de comunidades afectadas por alguna resolución administrativa o acto emitido por las autoridades ambientales, podrán  optar por acudir al recurso de revisión o a la justicia impartida por el Tribunal Federal  de Justicia Fiscal y Administrativa, para interponer demanda de nulidad en contra de dichos actos de autoridad.

Lo anterior está contenido en la Ley General del Equilibrio Ecológico y en la Ley Federal de procedimiento Contencioso Administrativo, que fueron reformadas en sus artículos 180 y 8º, respectivamente por 376 votos a favor, 0 en contra y 14 abstenciones, por los diputados integrantes de la LXI Legislatura.

En la última sesión del segundo  período ordinario los legisladores aprobaron  las reformas citadas que buscan hacer  efectiva la protección del bien jurídico protegido, un ambiente adecuado, a favor de cada individuo para su desarrollo y bienestar integral, consignado en la Constitución.

Al fundamentar el dictamen, el diputado Alejandro Carabias Icaza, del Partido Verde explicó que la reforma facilitará el acceso a la justicia ambiental a los ciudadanos que forman parte de las comunidades y que ante los actos de autoridad consideren afectados sus derechos a gozar de un Medio Ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.
Se constituye un mecanismo para la protección efectiva de los derechos e intereses de los ciudadanos que permite la defensa, protección y representación jurídica de derechos o intereses de los miembros de una colectividad o grupo dentro de una sociedad en el tema del medio ambiente.

Se reafirma la participación  ciudadana y su derecho a ejercer plenamente las acciones colectivas y el acceso a la justicia ambiental  adaptando las disposiciones jurídicas en la materia  contenida en la recién aprobada reforma constitucional al artículo 17 en el que se faculta al Congreso de la Unión a expedir leyes que regulen las acciones colectivas para garantizar no sólo la protección de los derechos individuales, sino los recién reconocidos derechos colectivos.

El objetivo fundamental de la reforma aprobada por el pleno camaral es la protección al medio ambiente y el acceso de las personas físicas o colectivas a la justicia ambiental, facultando al ciudadano,  individual o colectivamente, a  tener la posibilidad de optar por cualquiera de las dos vías.

El dictamen, considerado  vanguardista porque regula en la legislación secundaria las acciones colectivas, permite la posibilidad de tener legitimación procesal activa cuando se acredite simplemente un interés legítimo y no un interés jurídico.

Otro aspecto sobresaliente de las reformas aprobadas consiste en que el Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa, continúa siendo dependiente del Poder Ejecutivo, pero ahora se le concede plena autonomía y, se incorpora el interés legítimo de agregar no solamente el interés jurídico en este tipo de procedimientos, sino también el interés legítimo, lo que permite ampliar la tutela de este tipo de  derechos, y de igual manera, permite también acudir optativamente al tribunal administrativo a combatir este tipo de actos.

Los diputados que intervinieron en pro del dictamen reconocieron que se trata de un avance sustancial, ya que todos los mexicanos tienen derecho a un medio ambiente adecuado y que las luchas ambientales en ocasiones  se ven como cuestiones muy nobles, pero  también son asuntos de mucha radicalidad porque van a la raíz del problema.

Comentarios Cerrados

Los comentarios están cerrados. No podrás dejar un comentario en esta entrada.