En su última sesión plenaria el pasado viernes 29 de abril, la Cámara de Senadores aprobó que los equipos de telefonía móvil cuenten con tecnología que permita su localización geográfica en tiempo real y con dispositivos o botones de emergencia para que los usuarios puedan enviar señales de auxilio.
Con ello, se cumple el objetivo de fortalecer las herramientas de la autoridad judicial para combatir delitos como secuestro, extorsión y amenazas a la integridad física de las personas.
El dictamen reforma la Ley Federal de Telecomunicaciones y establece que los concesionarios deberán realizar el bloqueo inmediato de equipos de comunicación reportados como robados o extraviados, a fin de que no puedan ser usados con otros chips o dispositivos, como desafortunadamente acontece actualmente.
Ante la ineficacia del Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Renaut), se contempla su desaparición, y como medida para combatir las llamadas de extorsión realizadas con celulares o equipos de radio comunicación, desde el interior de los centros de readaptación social, los concesionarios estarán obligados, por ley, a “informar a las autoridades sobre cualquier variación o interrupción en la funcionalidad de los equipos utilizados para inhibir o bloquear las comunicaciones en dichos lugares”.
Se incluye, además, una reforma al Código Federal de Procedimientos Penales estableciendo sanciones, de cinco años de prisión y de mil a diez mil días de multa a las autoridades que utilicen los datos e información proporcionada por las empresas de telefonía para fines distintos a los de investigación y persecución de delitos; así como a los concesionarios o permisionarios del servicio de telecomunicaciones que se rehúsen a colaborar con la autoridad.
El Ministerio Público o la autoridad judicial, deberán solicitar, a través de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, la colaboración de los concesionarios en las investigaciones de delitos como el secuestro, la extorsión, amenazas y crimen organizado.
Reformado el artículo 14 Bis y adicionado un artículo 14 Ter a la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, los establecimientos penitenciarios contarán con equipos que bloquen o anulen señales de telefonía móvil o radiocomunicación dentro de su perímetro, garantizando continuidad y seguridad en los servicios al exterior.
Equipos que deberán ser operados por personal ajeno a los reclusorios, ubicados en centros remotos y monitoreados por el Sistema Nacional de Seguridad Pública, contando en todo momento, con la colaboración de los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones.
Complementario a lo anterior, las Comisiones Unidas de Justicia, y de Estudios Legislativos, Primera, analizarán una iniciativa de reformas a los artículos 7 y 31 de la Ley General del Sistema de Seguridad Pública, para bloquear o anular señales de telefonía móvil o de radiocomunicación dentro de los penales y que las instituciones federales, estatales y municipales mediante una estrecha coordinación, garanticen que todos cuenten con equipo antibloqueo.
La aprobación de estas medidas adicionales, presentadas por el senador perredista, Tomás Torres Mercado y suscritas por integrantes de las principales fracciones parlamentarias, permitirán terminar con esas llamadas de extorsión o amenazas desde las cárceles del país que cuentan, ni duda cabe, con la colusión de las autoridades competentes y que atentan contra la seguridad y estabilidad de los mexicanos.
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