La decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respecto de las controversias constitucionales sobre el Acueducto Independencia en el estado de Sonora constituyen una autorización de facto para que dicha obra siga operando en la ilegalidad, puesto que no cuenta con Autorización de Impacto Ambiental, lo cual genera incertidumbre jurídica y no abona a la legalidad en materia ambiental en el país.
Ello fue informado por el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), indicando que eEl problema de fondo radica en que no existe una valoración sobre los impactos ambientales y sociales que la extracción del agua del río está generando, por lo cual, se está ocasionando un daño irreparable pues no es posible determinar ni siquiera cuánta agua se está extrayendo y de qué forma afecta.
Al respecto, Andrea Cerami, abogado de CEMDA, señaló que «con esta resolución se complica aún más la situación legal de la obra Acueducto Independencia y los mensajes se vuelven confusos respecto de su legalidad, puesto que:
Por un lado, a pesar de que la propia Corte dejó sin efecto la Autorización de Impacto Ambiental, ahora manda a reponer el procedimiento.
Por otra parte, la Corte está haciendo explícito que el Acueducto no cuenta con Autorización de Impacto Ambiental -puesto que está pidiendo a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos naturales (Semarnat) reponer el procedimiento- y, sin embargo, está permitiendo que siga operando sin permiso.
Finalmente, aunque la Corte ya había señalado violaciones a los derechos de los particulares en la asignación de esa agua al Acueducto Independencia, ahora los declara válidos respecto de los municipios.»
Es por eso que el CEMDA manifiesta su preocupación puesto que la SCJN está enviando un mensaje respecto de que cualquier persona puede realizar una obra sin contar con Autorización de Impacto Ambiental de manera impune, al margen del marco normativo existente.
Cabe mencionar que la SCJN resolvió el día de ayer las controversias constitucionales donde declaró la invalidezdel procedimiento del impacto ambiental relativo al proyecto Acueducto Independencia y ordena otorgar garantía de audiencia a los municipios de Cajeme y San Ignacio Río Muerto, Sonora, ello fue informado en comunicado de prensa.
Con lo anterior, si bien la SCJN está respaldando la importancia del procedimiento de evaluación de impacto ambiental, nuestro Tribunal Constitucional está permitiendo que el «Acueducto Independencia» siga operando sin autorización de impacto ambiental, violando nuestras leyes ambientales y cobijando la afectación del medio ambiente y profundizando las violaciones a los derechos humanos de la Tribu.
La decisión de la Suprema Corte genera incertidumbre jurídica para todos, puesto que al no tenerse la información precisa sobre cuánta agua se está extrayendo para llevarla a Hermosillo, ni cuánta se está quedando para consumo del Valle del Yaqui, por lo que no es posible saber si la obra es sustentable, lo cual puede perjudicar tanto a la población de Hermosillo como ya perjudica a los Yaquis.
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