La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) dio a conocer que aseguró un total de 149 especies de fauna silvestre en un establecimiento mercantil denominado “Baja Reptiles y Exóticos”, en la ciudad de Tijuana, Baja California, debido a irregularidades en la acreditación sobre la legal procedencia de los ejemplares.
Lo anterior como resultado de las verificaciones que PROFEPA realiza a establecimientos que comercializan especies de fauna silvestre, donde los inspectores federales de la delegación de PROFEPA en la entidad constataron que los encargados del establecimiento mercantil, en ningún momento de la diligencia, presentaron la documentación que por ley deben contar por cada ejemplar.
De los especímenes incautados, 24 ejemplares de siete especies distintas se encuentran listadas en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 siendo 1 Serpiente Rey de California albina, 1 Serpiente listón, 13 Falsa coralillo, 3 Boas constrictoras, 2 Boas Rosy en la categoría de especie Amenazada (A) y para el caso de 2 Cocodrilos de pantano, 2 Iguanas verde éstas se encuentran bajo la categoría de especies Sujetas a Protección Especial (Pr).
Asimismo, 76 ejemplares de 18 especies aseguradas se encuentran dentro de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES): es el caso de 2 Cocodrilos de pantano; 2 Iguanas verde; 8 Tortugas rusas; 1 Tortuga sulcata; 4 Tortugas carbonarias; 4 Pitón de alfombra; 2 Boas rosy; 2 Boas esmeralda; 13 Camaleón pantera; 1 Camaleón flap-necked; 22 Camaleón del Yemen o Camaleón de velo; 2 Camaleón Eliot; 3 Varano de Sabana; 2 Varanos del Nilo; 1 Uromastyxmali; 2 Ranas; 1 Rana Tomate y 4 Ranas ojos rojos.
Los 49 ejemplares restantes, aún y cuando no se registran en las normativas mencionadas, su aprovechamiento, manejo, posesión, importación y exhibición son reguladas por la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento.
Los responsables de la tienda de mascotas inspeccionada, están obligados a exhibir a la PROFEPA los documentos mediante los cuales se acredite que los ejemplares que comercializan provienen de un mercado legal o de reproducción en cautiverio; en caso contrario, podrán ser sancionados conforme a la Ley General de Vida Silvestre con el decomiso de los animales y una multa que oscila de los 50 a 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente y su decomiso definitivo en favor de la Federación.
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