La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera total temporal una construcción en el municipio de Jilotzingo, Estado de México, la cual afectó una superficie aproximada de 2.3 hectáreas de terrenos forestales, por la remoción total de cubierta vegetal, suelo, terraceo y emparejamiento de suelo sin autorización.
Al llevar a cabo una inspección en dicho predio forestal, personal de la Delegación de la PROFEPA en la entidad encontró la edificación de una estructura metálica que bordeaba una superficie de 300 m2, misma que presentaba avance del 20%, además de aplanamientos en 3 puntos de la misma zona.
Los inspectores federales solicitaron al visitado la autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales que expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), misma que durante la diligencia no fue presentada.
En ese sentido, la PROFEPA determinó, como medida de seguridad, la clausura total temporal de las obras y actividades, así como el aseguramiento precautorio de los instrumentos relacionados, siendo tres excavadoras tipo oruga y dos retroexcavadoras.
Se colocaron los correspondientes sellos de clausura y asegurado con fundamento en el Artículo 161, Fracciones I y II, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS).
La producción forestal es el principal recurso natural con el que cuenta el municipio de Jilotzingo, aproximadamente el 80% de su territorio es forestal, por lo cual es su principal fuente de ingreso y ocupación.
Para realizar cualquier tipo de obra u actividad de remoción de vegetación forestal, suelo y terraceo, así como de construcción dentro de terrenos forestales, se debe contar con la autorización para cambio de uso de suelo en terrenos forestales que emite la autoridad ambiental federal.
En caso contrario, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable establece sanciones que van desde una multa equivalente de 100 a 20,000 veces la Unidad de Medida y Actualización, la amonestación, la clausura temporal o definitiva, total o parcial, el decomiso de instrumentos o maquinaria relacionada a las actividades, suspensión temporal, parcial o total de las autorizaciones de aprovechamientos, o de la inscripción registral o de las actividades de que se trate.
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