Por violar los derechos de información y participación ciudadana, el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (Cemda) interpuso una demanda de nulidad en contra del gobierno de Quintana Roo para exigir que se suspenda la autorización de impacto ambiental otorgada al proyecto Dragon Mart.
En los argumentos expuestos en la demanda en contra de la autorización en materia de impacto ambiental otorgada por el Instituto de Impacto y Riesgo Ambiental (INIRA) de Quintana Roo se establece que, además de violar los derechos de información y participación ciudadana, se incumple con el Programa de Ordenamiento Ecológico Local (POEL) para el municipio de Benito Juárez, del estado.
De acuerdo con la legislación del estado de Quintana Roo, se deben publicar mensualmente en el Periódico Oficial del gobierno, el listado de las solicitudes autorizadas, los informes preventivos y las Manifestaciones de Impacto Ambiental que se reciban para trámite. Sin embargo, la solicitud de autorización del proyecto «Construcción y Operación del Centro Comercial Dragon Mart Cancún y Obras asociadas», no fue publicada en tiempo y forma.
Adicionalmente, el INIRA no publicó el primer día hábil del mes de agosto el ingreso de la Manifestación de Impacto Ambiental, sino que lo hizo hasta el 28 de agosto del 2012; es decir, un mes después de lo establecido en el Reglamento, existiendo una clara violación al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
A pesar de que se solicitó oficialmente al INIRA el listado de los proyectos ingresados para evaluación en los meses de junio y julio, la lista fue entregada hasta el 3 de agosto con corte al 30 de julio, omitiendo que el proyecto ingresó el 31 de julio.
Gustavo Alanis Ortega, director general del CEMDA, señaló que «debido a la falta de transparencia y nula comunicación por parte del INIRA, no fue posible participar en tiempo y forma en la consulta pública, como establece la ley, y por ende, tampoco fue posible emitir los comentarios correspondientes. Estas acciones violan la garantía de audiencia que nos otorga la Constitución, pues se transgredieron los derechos a la información y a la participación pública».
En lo que se refiere al incumplimiento del POEL del Municipio de Benito Juárez por parte de los promoventes de Dragon Mart, la demanda establece que, aun cuando en el predio no exista cobertura arbórea o exista una superficie desmontada mayor a la permitida, el proyecto ocupará sólo la superficie de desmonte permitida.
El INIRA autorizó el proyecto con una superficie de desmonte del 35% y no de 25%, como si el uso de suelo fuera comercial o recreativo, siendo que según el POEL el uso de suelo turístico es el predominante para esa área, por lo tanto el criterio no aplica al proyecto y no debió de ser autorizado.
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