Ricardo Chávez,
Lauro Godínez
Colaboradores invitados
Quemas y derrumbes de árboles impactan cauces y zonas de protección de barrancas en áreas aledañas a la colonia Lomas de Chamizal en la Delegación Cuajimalpa, donde se localizan las barrancas La Diferencia, Milpa Vieja y El Zapote, donde todavía sobreviven a la mancha urbana galerías de árboles de pinos, pirules, eucaliptos, encinos, etc.
Muchas de estas acciones ecocidas, según vecinos del Chamizal, no son casuales, ya que ésa es una forma cotidiana de actuar de las inmobiliarias para habilitar terrenos para desarrollar proyectos de construcción inmobiliaria.
Los quejosos señalan a instancias administrativas del DF, relacionadas con la regularización del uso del suelo, como Seduvi, la regulación ambiental y la propia Delegación citada, que avalan y otorgan permisos a las inmobiliarias que aprovechan sus relaciones interpersonales con funcionarios de las instancias administrativas y reguladoras citadas del desarrollo urbano capitalino.
Advierten que, ante la escasez de terrenos susceptibles de urbanizar en las zonas oriente, sur y norte del Valle de México, el poniente es una alternativa.
En los terrenos deforestados, a la altura del kilómetro conocido como El Yaqui, se levantan más de cuatro edificios de más de 20 pisos, a los que se han abierto caminos y brechas para introducir los servicios de agua y luz eléctrica dentro del proyecto de desarrollo urbano Santa Fe.
También se ha construido un puente que cruza la Barranca La Diferencia, a la altura de la cuarta sección del Chamizal, que genera un impacto ecológico; además, como proyecto de comunicación no resuelve el problema de tránsito vehicular, ya que su objetivo es darle salida al flujo vehicular local, exclusivo de los edificios que construye la inmobiliaria Vidalta, S. A. de C. V.
Esta demanda de suelo, por parte de las inmobiliarias, ha llegado al grado de provocar despojos de lotes a vecinos de Lomas del Chamizal, quienes han tenido que recurrir a la denuncia pública y jurídica ante el Juzgado XV en materia administrativa, bajo el amparo 154/2012, para pedir la intervención de autoridades relacionadas con la regulación del uso del suelo e instituciones de protección de las áreas de reserva ecológica y forestal para que suspendan estas acciones ecocidas.
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