Sustentabilidad

Impulsará Acuerdo de París el mercado de energías verdes en México

Daniel Chacón, director ejecutivo de Latin American Regional Climate Initiative (LARCI), comentó que el Acuerdo de París supone un espaldarazo a la Ley de Transición Energética (LTE) en México, ya que la inversión mundial de 330.000 millones de dólares en 2015 en energías renovables, la cual no benefició a México por no disponer del marco regulatorio con el que cuenta ahora gracias a esta ley se podrá aprovechar este mercado mundial.

En opinión de la Senadora Silvia Garza, la LTE prevé la creación de una estrategia que establezca metas con el propósito de generar energía eléctrica de forma sostenible y se reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero (GIE). “Para lograr este gran impulso, necesitamos que se pongan en acción los incentivos fiscales. Las decisiones energéticas que se tomen para los próximos 15 años son esenciales para el clima”.

A su vez, Isabel Studer, directora fundadora del Instituto Global para la Sostenibilidad (IGS), explicó que el Acuerdo de París abre el camino hacia una solución verdaderamente global para el calentamiento global. Ello gracias al compromiso de los 187 países y que la suma de cientos de empresas y representantes de la sociedad civil y de gobiernos locales, proyectando una señal muy fuerte a los mercados para invertir en energías limpias.

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Detalló que este acuerdo representa un cambio en cómo entendíamos el concepto de responsabilidades compartidas pero diferenciadas. Supone un parteaguas al hacer que todos los países participen de un marco común, aunque cada uno dependiendo de sus capacidades.

En relación a la Ley de Transición Energética (LTE) y sus implicaciones para México, indicó que esta ley permite a México contar con un instrumento “que si queremos nos va a permitir posicionar a México como un líder en transición energética”. Ya que se da la posibilidad de detonar inversiones en energías renovables, pero no es suficiente con tener ese instrumento, lo tenemos que usar.

Por su parte, Gustavo Alanís, director general del Centro Mexicano del Derecho Ambiental (CEMDA), se dijo escéptico respecto al Acuerdo de París, ya que fue un acuerdo “netamente político y voluntario” y no hay mecanismos legales de penalización para países que incumplan.

Pero reconoció que “el Acuerdo de París es una oportunidad única para las energías renovables, para reducir sus costos y favorecer ampliamente su expansión”. “Como país tenemos que trabajar de una manera muy estratégica y articulada para transitar a un modelo de desarrollo bajo en carbono y que podamos ser resilientes al clima”.

Este diálogo se efectuó la mesa de análisis “México ante el Acuerdo de París y la adopción de la Ley de Transición Energética: retos y oportunidades”, convocada por el Instituto Global para la Sostenibilidad (IGS) de EGADE Business School del Tecnológico de Monterrey. Durante este evento se discutieron otros aspectos del Acuerdo de París, que incluyen, a modo de resumen:

Metas de mitigación a largo plazo: Impedir el aumento medio de la temperatura por debajo de los 2 grados con respecto a los niveles preindustriales, e incluso hacer esfuerzos para que sea de menos de 1,5. Los países se comprometen a lograr el pico en las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) tan pronto como sea posible, y a partir de ese momento, a reducir sus emisiones.

Compromiso: Ciclos de acción de cinco años en los cuales los países establecen metas más ambiciosas en sus contribuciones de GEI.

Financiamiento: Se reconoce la responsabilidad histórica de los países desarrollados y se les exige continuar mostrando liderazgo en la lucha contra el cambio climático, movilizando un fondo de 100,000 millones de dólares, que se revisará al alza en 2025.

Transparencia: Se establece un sistema de transparencia como elemento esencial para asegurar la acción e ir construyendo la confianza entorno a las acciones, con inventarios de emisiones así como los avances en la implementación de las contribuciones nacionalmente determinadas relativas tanto a las acciones de mitigación como adaptación. Esta información será sometida a una evaluación.

Adaptación: Adquiere igual importancia que la mitigación. Se establece una meta global cualitativa para mejorar la capacidad de adaptación, el fortalecimiento de la resistencia y la reducción de la vulnerabilidad, enfatizando el apoyo dado a los países en vías de desarrollo.

Pérdidas y daños: Se reconoce que las pérdidas y daños asociados con el impacto del cambio climático no son responsabilidad de los países emisores de GEI, a tenor de las indemnizaciones que se solicitarían. Aunque se reconoce la importancia de la indemnización por estas pérdidas y daños, no establece metas concretas al respecto.

 Desarrollo de la capacidades: Desarrollo de la capacidad y la transferencia tecnológica que haga posible el cambio. El Comité de París de Desarrollo de la Capacidad definirá un plan de trabajo, identificando las brechas necesidades en la capacidad de la acción climática, promoverá la cooperación internacional e identificará oportunidades para el desarrollo de dicha capacidad.

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