Sustentabilidad

Profepa multa con más de 22 MDP a la minera Buenavista del Cobre

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) multó por un total de 22,959,386 millones de pesos a la empresa minera Buenavista del Cobre, por el derrame de 40 mil metros cúbicos de una solución de sulfato de cobre acidulada a los ríos Sonora y Bacanuchi, y por diversas irregularidades detectadas durante la revisión de las operaciones de la empresa.

MULTA MINERA 2

Así lo informó el Procurador Guillermo Haro Bélchez, quien dijo que las sanciones son el resultado de las 55 irregularidades en que incurrió esa compañía, algunas de las cuales están asociadas al siniestro causado en agosto del año pasado.

Indicó que éstas han quedado debidamente subsanadas al cumplirse con las medidas ordenadas a la empresa y no existir ya un riesgo inminente para el Medio Ambiente o el equilibrio ecológico en la zona, por lo que la Profepa ordenó el levantamiento inmediato de las dos clausuras parciales temporales impuestas a esas instalaciones.

Explicó que la empresa Buenavista del Cobre cumplió así con la caracterización del sitio; la presentación del Programa de Remediación ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat); la aprobación de la propuesta de remediación por la misma dependencia; así como con lo dispuesto en la NOM-159- SEMARNAT-2011.

Independiente al Fideicomiso de 2 mil millones de pesos al que fue sometida la empresa, deberá cubrir las siguientes multas: $ 7,000,000 por el derrame de una solución de sulfato de cobre acidulada (3 irregularidades); $ 4,065,800 en materia de atmósfera (9 irregularidades); $ 596,551 en materia de residuos peligrosos (7 irregularidades); $ 11,297,035 en materia de impacto ambiental (36 irregularidades); las cuales suman un total de 22,959,386 millones de pesos (55 irregularidades subsanadas).

Destacó que el área a remediar tras el derrame de cobre acidulado es en una primera etapa de 28,183 m2, distribuida en 14 polígonos de trabajo, mientras que el volumen de suelos a remover, suma los 2,818 m3.

El Procurador indicó que para ello la empresa tendrá que llevar a cabo la remoción de suelos contaminados y su envío a disposición final en un sitio autorizado por la Semarnat, así como realizar en presencia de Profepa el muestreo de seguimiento parcial para dicha zona y el reporte de trabajos de la zona 1 a Secretaría, todo esto en un plazo no mayor de 8 semanas.

Aseguró que la Procuraduría continuará sus visitas de inspección para verificar el cumplimiento de las medidas correctivas ordenadas en las resoluciones administrativas a la empresa, y en caso de incumplimiento podrán imponerse nuevas sanciones. Además que coadyuva con la PGR en el seguimiento de la denuncia penal correspondiente.

Refirió que las zonas previstas en el programa de remediación autorizado por la Semarnat, son:
Zona 1: desde el sitio del derrame hasta el km 30 del recorrido de la contaminación.
Zona 2: desde el km 30 al 140
Zona 3: desde el km 140 al 180
Zona 4: desde el km 180 al 224
Zona 5: desde el km 224 hasta la Presa el Molinito.

Haro Bélchez destacó que desde el 1º de septiembre del año pasado se impuso la clausura temporal parcial de las áreas de lixiviación que reconocen hacia el Bordo Poniente y el represo Tinajas 1 y del proyecto “Terreros de Lixiviados Tinajas”.

Ante tal situación presentaron denuncia penal contra quien resulte responsable, el 18 de agosto de 2014 (de 1 a 9 años de cárcel) y consiguieron el sometimiento de la empresa en el que se obliga a la reparación de los daños y establece un fideicomiso por 2 mil millones de pesos iniciales.

También informó que el derrame de sulfato de cobre acidulado alcanzó a los siguientes cuerpos de agua: Arroyo Tinajas (17.6 km); Río Bacanuchi (64 km); Río Sonora (190 km). En tanto que la Presa El Molinito, se mantiene cerrada precautoriamente sin que a la fecha se hayan presentado evidencias de contaminación.

Haro Bélchez manifestó que las medidas de urgente aplicación ordenadas por la Profepa tras el derrame, consistieron en: suspensión/clausura del riego del patio de lixiviados en donde se originó la fuga, la neutralización del pH con cal y limpieza de producto resultante, del Río Bacanuchi; así como la caracterización del suelo para su eventual remediación. Todas estas acciones fueron cumplidas.

Aunque cabe resaltar que el análisis y monitoreo de la calidad del agua será monitoreada durante los próximos 5 años.

Finalmente el Procurador dijo que los procedimientos iniciados en atención a dicha emergencia ambiental causada tuvieron fundamento en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos su Reglamento.

Recordó además que la empresa no contaba con la Licencia Ambiental Única actualizada; no había instalado plataformas y puertos de muestreo, ni ductos de descarga de diversos equipos y, tampoco había realizado la evaluación de sus emisiones, lo que contraviene la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento.

Acerca de Yolanda Gutierrez

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